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Buenos Aires ,
Revista: - Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública
Nro.: 353 Página 178

Resolución Nº 32.727

Seguros colectivos con coberturas de salud de carácter resarcitorio a personal en relación de dependencia, en las que el tomador es el propio empleador o una asociación de representación gremial. Establécese que no serán pasibles de autorización aquellos planes de Seguro de Salud cuyo beneficio consista en una prestación directa de los actores de Servicios de Salud, sujetos al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.



Tipo de documento: Resolución
Número de Documento: 32.727
Origen: Superintendencia de Seguros de la Nación
Jurisdicción: Nacional
Folio: 0
Lugar: Buenos Aires
Firma: M. Baelo
Medio de Publicación: B.O.

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